jueves, 15 de febrero de 2007

Orientaciones para la celebración de Asambleas de Padres y Representantes

SEGUNDA VERSIÓN DEL DOCUMENTO
POSTEADA EL 21 DE FEBRERO DE 2007.
DURANTE LA TARDE DE HOY, SE RESALTARÁN LAS MODIFICACIONES REALIZADAS

Resultados de Primer Encuentro de SPRs, celebrado el 10 de febrero de 2007 en la ciudad de Caracas. Resoluciones y convocatoria para próximas reuniones



Estimados Padres.

Luego de la exitosa experiencia del pasado sábado 10 de febrero, nos comprometimos a cumplir con dos tareas fundamentales que generan una serie de actividades que nos permitirán cumplir con los objetivos trazados para el II encuentro a celebrarse el próximo sábado 03 de marzo.

En este sentido cumplimos con remitirles los acuerdos y resoluciones aprobados el 10 de febrero y enviarles algunas sugerencias enmarcadas en la normativa que establece la Resolución 751, en relación con la celebración de Asambleas de Padres y Representantes.

Acuerdos y Resoluciones del I Encuentro de Sociedades de Padres y Representantes 10.02.07
¬ Se aprueba el proyecto de Estatutos de la Federación Nacional de Sociedades de Padres y Representantes de Venezuela, presentado en este I Encuentro de SPRs, con las siguientes modificaciones.
o La Federación tendrá la siguiente denominación abreviada: FENASOPADRES
o Distribuir parte de las funciones asignadas al Presidente entre los miembros del Consejo Directivo a fin de evitar la concentración de funciones en un solo cargo.
o Agregar la figura de Vocal en el Consejo Directivo.
o Crear una instancia intermedia entre la Asamblea General y el consejo Directivo, que se denomine Consejo Consultivo que se constituye con la representación de cada entidad federal.
o Para ello, se constituye una Comisión de Estilo que le dará forma a la redacción final de los Estatutos, incorporando las propuestas aprobadas en el I Encuentro de SPRs.

¬ Se acuerda crear vocerías por estado y para el Área Metropolitana de Caracas, crear voceros por municipio.
¬ Se acuerda que las representaciones de las SPRs de los estados particpantes inicien contactos con las SPRs de las instituciones educativas de su estado, priorizando las públicas, a fin de estructurar los núcleos de asociaciones regionales.
¬ Se acuerda que los días 26, 27 y 28 de febrero se celebrarán asambleas extraordinarias de SPRs en todo el país con un único punto: considerar la propuesta de la creación de FENASOPADRES mediante la ratificación de los estatutos aprobados por el I Encuentro de SPRs, celebrado en Caracas el 10.02.07 y la aprobación de la afiliación de la SPR correspondiente a esta Federación.
¬ Orientar los esfuerzos de las SPRs de los estados participantes en el I Encuentro de SPRs, en la incorporación de SPRs de las instituciones oficiales y apoyar por distintos medios su participación en el II Encuentro a celebrarse en Caracas, el 03 de marzo de 2007.

Para cristalizar los acuerdos y resoluciones aprobados en el I Encuentro de SPRs, planteamos las siguientes sugerencias, basados en la Resolución 751.




Sugerencias para la celebración de asambleas de delegados y asambleas generales de padres y representantes.

A continuación citamos los artículos 22, 23 y 24 de la Resolución 751, que pautan la celebración de las Asambleas Generales de Padres y Representantes.
Nuestra sugerencia es que en aquellos planteles que exista la figura de Delegados de Sección (Padres), se les convoque previamente, el miércoles o jueves después del feriado de Carnaval, se trabaje con ellos los documentos del I Encuentro y se convoque a la asamblea general de padres y representantes, en primera convocatoria para el viernes 23 o sábado 24 de febrero, de no alcanzarse en esta primera convocatoria el quorum reglamentario (50% más 1), realizar la segunda convocatoria para dos días después, el lunes 26 de febrero, que requerirá de un quorum del 30% de los padres y de no lograrse quorum, tampoco esta segunda vez, hacer la tercera convocatoria párale 28 de febrero.
Como ven, si actuamos sin prisa pero sin pausa, lograremos los objetivos fijados para el 3 de marzo

SECCIÓN TERCERA
De las Asambleas de la Sociedad
de Padres y Representantes
Artículo 22.-
“En la Sociedad de Padres y Representantes de cada plantel educativo funcionará la Asamblea General, la Asamblea de Delegados y la Asamblea de Sección “.
Artículo 23.-
Para la realización de la Asamblea General y de la Asamblea de Delegados regirán las siguientes normas:
• Las convocatorias deberán cursarse a todos los Padres y Representantes con indicación expresa de la materia a tratar, con dos (2) días de anticipación, como mínimo, a la fecha de su relación.
• De cada asamblea deberá levantarse un acta, donde se registrarán las conclusiones, la cuál será firmada por la Junta Directiva de la Sociedad de Padres y Representantes y cinco (5) testigos seleccionados entre los asistentes.
• Los acuerdos tomados deberán ser notificados por escrito a todos los miembros de la Sociedad”.
Artículo 24.-
“La Asamblea General de la Sociedad estará integrada por la totalidad de los Padres y Representantes, el Director del Plantel y la Representación Docente elegida para integrar el Consejo Consultivo. Se constituirá válidamente con la asistencia de la mitad más uno de sus miembros. De no lograrse el quórum reglamentario, se convocará a reuniones sucesivas conforme a lo dispuesto en el ordinal 1º del artículo anterior, hasta lograr la asistencia del 30 por ciento (30%) de sus miembros. En todo caso, las decisiones serán validas con la aprobación de la mitad más uno de los asistentes “.
Artículo 27.-
“La Asamblea general de Padres y Representantes podrá reunirse extraordinariamente a solicitud del Director del Plantel, de la Junta Directiva de la Sociedad de Padres y Representantes, del Consejo Consultivo o de un número de miembros que represente no menos del diez por ciento (10%) de la totalidad de Padres y Representantes del Plantel.
Parágrafo Único: la Asamblea Extraordinaria que se convoque para considerar la modificación de precios de la matrícula y de las mensualidades de los planteles privados inscritos y registrados, se regirá por las disposiciones que al efecto dicten los Ministerios de Fomento y Educación “.

4 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola
sugeriria pusieran la resolucion 751 como un archivo de referencia para poder ser bajado, recuerden que es ela ctual marco legal de las sociedades de padres y represntantes.
saludos

FENASOPADRES dijo...

Estimado Manuel, agradeceríamos tu valiosa ayuda si pudieras hacernos llegar la resolución para poder publicarla.
Muchas gracias por participar y colaborar con Fenasopadres.

Anónimo dijo...

HOY EN LAS INSTALACIONES DEL COLEGIO SAN JOSE DE MARACAY (MARISTAS ) SE LLEVO A CABO LA ASAMBLEA DE PADRES Y REPRESENTANTES DONDE CON UN BUEN TRABAJO DEL PANEL PRESIDIDO POR LA JUNTA DIRECTIVA ACTUAL ,Y LA PRESENCIA DE UNA MASIVA CONCURRENCIA SE APROBO LA CREACION DE LA ASOCIACION CIVIL....CON BUEN EXITO Y A SEGUIR TRABAJANDO!!!!!

Anónimo dijo...

HOLA ESTOY MUY ANGUSTIADA PORQUE EL COLEGIO EN DONDE ESTUDIA MI HIJA NO SE HA PREOCUPADO, INFORMADO O INTERESADO(DESCONOZCO)DE TODO LO QUE A ASAMBLEA DE PADRES Y REPRESENTANTES SE REFIERE, MIENTRAS QUE YO QUISIERA FORMAR PARTE.
EXISTE ALGUNA MODALIDAD PARA QUE LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN EN MI CASO PODAMOS FORMAR PARTE DE LA FEDERACION O ES SOLO UN ATRIBUTO QUE PODRAN GOZAR SOLO LOS COLEGIOS AFILIADOS?????