martes, 29 de mayo de 2007

!DEFENDAMOS A NUESTROS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES!

La Federación Nacional de Sociedades de Padres y Representantes de Venezuela –FENASOPADRES- manifiesta su preocupación y dolor por la detención de un significativo número de estudiantes de educación media, todos menores de edad, que manifestaban pacíficamente en el municipio Los Salias del estado Miranda.

Es extremadamente grave que en este caso se hayan violado en forma flagrante los artículos 7 (d) 8 (parágrafo segundo) 32, 37, 67, 81, 82, 83 y 89 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, razón por la cual


1) Exhortamos a las autoridades a respetar, como lo ordena la LOPNA, el interés superior de niños y adolescentes.


2) Exhortamos a los padres y representantes y a sus representados a ejercer pacífica y responsablemente su legítimo derecho de manifestar y de defender las libertades de expresión, de pensamiento y la pluralidad de la sociedad venezolana, sin incurrir en hechos de violencia ni aceptar provocaciones extrañas a los principios y valores protegidos por el ordenamiento jurídico
.

3) Repudiamos los hechos de fuerza que afecten la integridad física y moral de nuestros niños, niñas y adolescentes y solicitamos que se investiguen estos hechos a fin de determinar las responsabilidades correspondientes.


4) Exigimos a las autoridades competentes que respeten y garanticen la seguridad, integridad y vida de las niñas, niños y adolescentes, que libre y soberanamente defiendan sus derechos constitucionales y ejerzan su condición ciudadana


Por Fenasopadres


Fdo


Nancy de Martín - Presidenta


Francisco Rondón - Vicepresidente


Isabel Balza - Secretaria

Rosa Portal - Tesorera

Daniela Penso - Directora Principal

Héctor Cedeño -
Director Principal

Amado Alvarado - Director Principal

César Mogollón - Vocal


Carmen de Sandoval -
Vocal


Rafael Cárdenas - Vocal


ANEXO

CONTENIDO DE LAS NORMAS INDICADAS

Artículo 7 (d) Primacía de los niños y adolescentes en la protección y socorro en cualquier circunstancia).


Artículo 8 (parágrafo segundo) En aplicación del Interés Superior del Niño, cuando exista conflicto entre los derechos e intereses de los niños y adolescentes frente a otros derechos e intereses igualmente legítimos, prevalecerán los primeros).


Artículo 32 Derecho a la Integridad Personal. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral. Parágrafo Primero: Los niños y adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.


Artículo 37 Derecho a la Libertad Personal. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la libertad personal, sin más límites que los establecidos en la Ley. No pueden ser privados de ella ilegal o arbitrariamente).


Artículo 67 Derecho a la Libertad de Expresión. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a expresar libremente su opinión y a difundir ideas, imágenes e informaciones de todo tipo, sin censura previa, ya sea oralmente, por escrito, en forma artística o por cualquier otro medio de su elección, sin más límites que los establecidos en la Ley para la Protección de sus derechos, los derechos de las demás personas y el orden público.


Artículo 81 Derecho a participar. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida familiar, comunitaria, social, escolar, científica, cultural, deportiva y recreativa, así como a la incorporación progresiva a la ciudadanía activa.


Artículo 82 Derecho de Reunión. Todos los niños y adolescentes tienen derecho de reunirse pública o privadamente con fines lícitos y pacíficamente, sin necesidad de permiso previo de las autoridades públicas. Las reuniones públicas se realizarán de conformidad con la Ley.


Artículo 83 Derecho de Manifestar. Todos los niños y adolescentes tienen derecho de manifestar pacíficamente y sin armas, de conformidad con la Ley, sin más limites que los derivados de las facultades legales que corresponden a sus padres, representantes o responsables.


Artículo 89 Derecho a un Trato Humanitario y Digno. Todos los niños y adolescentes privados de libertad tienen derecho a ser tratados con la humanidad y el respeto que merece su dignidad como personas humanas. Asimismo, gozan de todos los derechos y garantías de los niños y adolescentes, además de los consagrados específicamente a su favor en esta Ley, salvo los restringidos por las sanciones impuestas

viernes, 25 de mayo de 2007

Invitación a reunión FENASOPADRES Miranda

Apreciados compañeros Mirandinos:

Los invitamos muy cordialmente a nuestra próxima reunión de FENASOPADRES el sábado 02 de junio del presente año en el colegio Santiago León de Caracas, ubicado en la Av. San Carlos, Urb. La Floresta, detrás del Colegio Universitario de Caracas, de 9.00 am a 12:00 m.

Agenda del Día
1.- Presentación de FENASOPADRES. Origen y conformación.
2.- PLOE.
3.- Situación Educativa del Edo. Miranda.
4.- Constitución de FENASOPADRES capítulo Miranda.
5.- Acciones inmediatas a tomar.
P.D: Confirme su asistencia por email a fenasopadresmiranda@gmail.com
o a los tlf. (0414) 205-8720 ó (0212) 286-7215 de lunes a viernes de 7.00 am a 2:00 pm.

Esperamos contar con representación de todo el estado.
Asistan! De la participación de ustedes depende en gran medida el éxito y fuerza que pueda tener nuestra organización. Los esperamos.

jueves, 10 de mayo de 2007

Aumento de matrícula requiere aprobación de padres y representantes

Estimados amigos. En las próximas semanas los colegios privados de todo el país estarán decidiendo sobre el aumento de la matrícula para el año escolar 2007-2008. Creemos oportuno recordar que ningún aumento de matrícula puede ser aprobado sin la aprobación de los padres y representantes reunidos en asamblea extraordinaria. El aumento de la matrícula y el procedimiento para la aprobación de dicho aumento están especificados en las Resoluciones Conjuntas 181/29 y 182/28 aparecidas en la Gaceta Oficial Nro. 38.468 del miércoles 28 de junio de 2006.

Gaceta Oficial Nro. 38.468. Resolución Conjuntas 181/29 y 182/28.

Gaceta Oficial Nro. 38.468. Resolución Conjunta 182/28 (cont.).

jueves, 3 de mayo de 2007

Invitación a reunión del capítulo Zulia de FENASOPADRES

Estimados amigos. Los amigos del Zulia nos envían esta invitación a una reunión de trabajo el próximo sábado 5 de mayo.


Queremos informarles que el sábado 05 de Mayo nos estaremos reuniendo de nuevo.

La idea principal de la reunión de trabajo, conocer la Federación a las Sociedades que están ingresando por primera vez, lado las reflexiones que llevemos sobre los estatutos de la federación, por otro definir las próximas acciones a llevar acabo, comentar algunos puntos de nuestro interés y definir nuestra postura ante la Ley de Educación.

Te estaremos esperando en el colegio Jou Tai... Unidad Educativa Alfredo Armas Alfonso.

Dirección Av. Milagro Norte al lado del Parque La Marina

Hora 10 a.m.

Activa tus redes… Riega la voz.

“Recuerda Que cuando se tiene un hijo se tienen todos los hijos del mundo”



viernes, 27 de abril de 2007

Invitación a reunión de FENASOPADRES Capítulo Miranda

Apreciados compañeros mirandinos:

Por medio de la presente los invitamos a nuestra próxima reunión de FENASOPADRES, a efectuarse el jueves 03 de mayo en el Colegio San Luis, Av. Principal. Urb San Luis. El Cafetal, de 8.00 a 11:00am.

Agenda:
1. Creación de Fenasopadres capítulo Miranda.
2. Cuota de afiliación.
3. PLOE.
4. Matricula 2007-2008.
5. Censo de SPRs de Miranda.
6. Varios.

Esperamos contar con su invaluable presencia y
agradecemos puntual asistencia.

viernes, 20 de abril de 2007

AVEC difunde al país manifiesto sobre educación

Organizaciones católicas reunidas en la AVEC han publicado un manifiesto llamado “La Educación que Venezuela necesita.”


El manifiesto analiza temas como: La Educación como necesidad y bien público; Educación con inclusión y calidad; Responsablidad pública educativa de la sociedad y de su Estado; Los agentes o actores educativos; y, Los establecimientos educativos, entre otros


Finalmente, advierte sobre la necesidad de estudiar los vacíos del Proyecto de Ley de Educación con una amplia consulta pública para garantizar el derecho de participación de las personas, en especial de los educadores..


Para consultar el maniefiesto, pulse aquí: Manifiesto de la AVEC


miércoles, 18 de abril de 2007

Siembra de una manera única de pensar no es educación, eso es domesticación

Estimados amigos: Ayer martes el Diario El Carabobeño publicó una excelente entrevista al hermano Antón Marquiegui, presidente de la AVEC. La entrevista toca los temas esenciales de la educación, incluyendo la nueva Ley Orgánica de Educación, que se encuentra en discusión en la Asamblea Nacional.


Para leer el artículo completo, pulse aquí:
http://www.el-carabobeno.com/e_pag_flun.aspx

lunes, 16 de abril de 2007

Última versión de la nueva Ley de Educación

Estimados amigos. Muy pronto publicaremos la última versión de la nueva Ley de Educación que está siendo discutida en la Asamblea Nacional.

Resolución 751

Estimados amigos. Aquí está la versión completa de la Resolución 751 sobre Organización y Funcionamiento de la Comunidad Educativa, si pulsa el siguiente link: http://docs.google.com/Doc?id=d6cqpxs_0hdhrmt

domingo, 15 de abril de 2007

Sugerencias para actuar a la llegada de los brigadistas

Las siguientes son las sugerencias llegadas a FENASOPADRES para actuar a la llegada de los brigadistas:


Primero.- Promover una estrecha alianza entre la Directiva de la institución y las Junta Directiva y Delegados de las SPRs. ¿Con qué objeto? Con el objeto de que sean los padres y no la Dirección y/o los docentes, quienes serena y firmemente aclaren que no tiene asidero normativo alguno el ingreso no autorizado a los planteles por parte de personas o grupos ajenos a la institución. ¿De qué manera? Sin aspavientos, sin destemplanza. Aún cuando se permitan alegar que el Ministerio de Educación los ha juramentado, el principio de legalidad, espinazo del estado de derecho, define las atribuciones y límites de todos los funcionarios públicos y no hay, hasta ahora, fundamento legal para que, sin autorización de los padres, los brigadistas puedan entrar libremente a las instituciones educativas e interactuar con nuestros hijos o representados.


Segundo.- Acordar con la directiva del plantel, que, conforme a las normas vigentes, nuestros hijos no participarán sin nuestra expresa autorización en actividades extracurriculares. Porque, como es de todos conocido, la escuela está obligada a solicitar por escrito a los padres y representantes la indicada autorización, a fin de que los alumnos participen o no en actividades programadas fuera del curriculum, o, cuando menos, deberá informarles con suficiente antelación. Esta información previa deja al padre en libertad de manifestar o no hacerlo su correspondiente asentimiento o incluso de enviarlo o no a la escuela el día o en el horario en que se planifique la actividad en cuestión. Lo esencial es que la visita no se realice a espaldas de los padres y sin su conocimiento suficiente y a tiempo. Y así proponemos que sea ratificado conjuntamente con la Dirección del Plantel. Previendo que esta situación pudiera presentarse de improviso, la JD/SPR y los Delegados deberán estar muy atentos para garantizar su presencia en ese momento en el plantel.


Tercero.- Aún cuando aparezcan muy aguerridos y comprometidos con la Misión Moral y Luces, debemos recordarles que en un régimen de derecho nadie está facultado para violar las normas constitucionales, legales o reglamentarias. También hemos de recordar que los brigadistas son muchachos y nosotros padres. No debemos olvidar nunca esta premisa que le proporciona fundamento moral y ventaja a nuestra posición. Estamos en nuestra escuela, en nuestra casa, en nuestro patio. Y nuestra casa y a los nuestros, cuando somos padres, sabemos como protegerlos, mejor aún si nos asiste la ley, como en este caso.


Cuarto.- Debemos estar bien informados y preparados para, por la vía de la racional exposición de los hechos, evidenciar nuestra incontrovertible fortaleza y si fuere el caso hacerles ver que no tienen razón, por supuesto en la hipótesis de que procedieran en la forma que aquí se expone. ¿Qué significa esto? Pues que de darse el escenario de no poder impedir el ingreso de los brigadistas hemos de conocer muy bien los argumentos y contrargumentos legales que puedan ventilarse, incluso los ideológicos y las invocaciones a la autoridad moral del Padre de la Patria. Dado que con frecuencia se menciona el Discurso del Libertador en el Congreso de Angostura para intentar justificar acciones que se aparten de su pensamiento, recordar que en ese mismo histórico documento hay pasajes de profundo contenido social, humano y democrático en los que se defienden los derechos ciudadanos y se consagran principios republicanos fundamentales como el de la alternabilidad de los mandatarios legalmente electos, con el fin de evitar males insoportables para las Repúblicas emancipadas.


Cualquier consulta o requerimiento, pueden comunicarse a
fenasopadres@gmail.com